En marzo de 2001 se sancionó la Ley Provincial 12.653, que creo el Comité de Cuenca del Río Reconquista, un ente autárquico relacionado en sus funciones al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.
Funciones
La COMIREC tiene entre otras funciones, formular la política ambiental tendiente a la preservación del recurso hídrico de la Cuenca (en coordinación con los órganos competentes en la materia, a cuyos efectos podrá celebrar los convenios pertinentes), y ejercer el poder de policía de la Cuenca, conforme lo determine la reglamentación. También debe crear la Unidad de Coordinación Proyecto Río Reconquista (UNIREC) y su propuesta de saneamiento ambiental y control de las inundaciones en la Cuenca del Río Reconquista.
Composición
La Dirección y Administración del Comité de Cuenca, debe estar a cargo de un Directorio de 4 miembros del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (1 Presidente designado por el Poder Ejecutivo Provincial y 3 directores designados por el Poder Ejecutivo Provincial, a propuesta, cada uno de ellos del Ministerio de Gobierno, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y de la Secretaría de Política Ambiental, recayendo la Vicepresidencia en uno de dichos directores), y 3 de los municipios integrantes de la Cuenca (designados por los Municipios que la integran)
El Consejo Consultivo
Asimismo, la Ley contempla la creación por vía reglamentaria, del Consejo Consultivo Honorario, como ámbito de participación pública, el cual debe estar integrado por profesionales o personas idóneas, en representación de usuarios de servicios y de entidades intermedias, como también Universidades, centros de enseñanza e investigación y ONGs que tengan en vigencia convenio formalizados con el COMIREC. Su función será la de recibir consultas del directorio y elevar a éste toda sugerencia que estime conveniente para el cumplimiento de los fines del Comité, sin que sus decisiones tengan carácter vinculante para el mismo.